Julio 4 de 2019

¿ARRENDAR DIRECTO O POR MEDIO DE UNA INMOBILIARIA? ¿QUE ES MEJOR?


 


Como propietario, siempre es normal preguntarse: ¿Vale la pena el pago mensual a una inmobiliaria para que administre mi inmueble?, ¿Qué puede hacer una agencia de arrendamientos que yo no pueda hacer como propietario?

Aquí resolveremos todas las dudas que pueden surgirle a un propietario que desea arrendar su inmueble, pero está indeciso sobre qué es lo que más le conviene, y así tenga herramientas para que tome la decisión de arrendar su inmueble por medio de nosotros ARRENDAMIENTOS GIRALDO POSADA S.A.S. y/o cualquier inmobiliaria para que le administre su inmueble, Ó si prefiere arrendar de forma directa, sin intermediarios.

 

Así pues, todo el proceso de arrendamiento de una propiedad consta de diferentes tipos de gestiones:

 

  1. BÚSQUEDA DEL ARRENDATARIO:

Cuando usted toma la decisión de arrendar su apartamento, surge entonces la necesidad de efectuarle una adecuada publicidad al apartamento, y así, conseguir personas que desean vivir en él.

-  Contrato directo: Usted sin ningún problema puede: pegar el aviso en la fachada, comentarlo con amigos y familiares, y buscar algún portal gratuito que permita publicar su propiedad en internet, de igual manera, debe tener presente que al momento en el que resulte alguien interesado, debe usted contar con disponibilidad de tiempo para poder enseñarle el apartamento.

 

- Por medio de una inmobiliaria: La inmobiliaria puede pegar o no un aviso en la fachada, sin embargo, la inversión principal que realizamos las inmobiliarias para publicar los inmuebles es en un gran número de portales inmobiliarios con alto tráfico de visitas, además de la red de clientes que buscan constantemente a la inmobiliaria. Además, un asesor inmobiliario va a estar siempre disponible para acompañar al cliente y enseñar el apartamento.

 

  1. ESTUDIO DE LA CAPICIDAD DE PAGO Y REALIZACIÓN CONTRATO:

¡La publicidad del apartamento fue un éxito!, y ya tenemos una persona que quiere tomar en arriendo el inmueble, sin embargo, el que alguien quiera y desee arrendar su propiedad, no significa que tenga la capacidad económica para pagar.

- Contrato directo: Este es un aspecto el cual puede ser un poco más complicado para el propietario, y es saber, que documentación solicitarle al interesado en el inmueble, y saber analizar los documentos para acreditar que la persona tenga solvencia económica.

Además de ello, debe tener en cuenta la realización y firma del contrato de arrendamiento; normalmente puede encontrar en internet minutas de contrato de arrendamiento, la cual, aunque es un contrato más básico, tiene plena validez legal.

- Por medio de una inmobiliaria: Las inmobiliarias trabajan de la mano con aseguradoras o afianzadoras, y estas normalmente se encargan de un estudio completo de la capacidad crediticia de la persona interesada en arrendar su apartamento, consultan en las centrales de riesgo, y validan que la documentación presentada sea real.

Las inmobiliarias tenemos contratos de arrendamiento de nivel profesional, redactados por abogados expertos en la materia, por lo que los contratos sin duda alguna serán muchos más completos de los que se pueden obtener en la web.

 

  1. FRAUDES Y ESTAFAS:

- Contrato directo: Básicamente solo puede validarse que la persona que firma el contrato en efecto es quien dice ser, por medio de la autenticación del contrato ante notaria; no obstante, no tiene forma de validar que la documentación que aportó la persona y su capacidad de pago, sean ciertos.

- Por medio de una inmobiliaria: Dentro del estudio que se realiza, se verifica la autenticidad de la documentación presentada, sin embargo, siempre existe el peligro de que ocurra algún fraude o estafa, el riesgo ante esto no lo asume el propietario, sino la inmobiliaria.

 

  1. INVENTARIO DEL INMUEBLE:

Ya está arrendado el apartamento, si bien algunas personas no ven su importancia, hacer un correcto inventario al iniciar y finalizar el contrato, es muy importante, con ello quedará registro del estado actual del inmueble para luego compararlo con el estado en que sea entregado una vez el inquilino desocupe, y así saber el arrendatario con cuales daños tendría que responder en caso de haberlos.

Siempre se recomienda hacer un inventario escrito y un registro fotográfico, y es algo que cualquiera puede hacer.

 

  1. REPARACIONES, PROBLEMAS Y CONTROVERSIAS:

En el transcurso del arrendamiento es muy normal que surjan reparaciones que deban realizarse al inmueble, o también controversias con el arrendatario.

- Contrato directo: El propietario analiza en caso de existir daños y arreglos en el inmueble, si asume el daño, o por el contrario deja que el inquilino sea quien lo pague; además, pueden existir diferencias o desacuerdos entre las partes que pueden causar ciertos inconvenientes.

 

- Por medio de una inmobiliaria: Este punto es una de las razones principales por las cuales acuden a una inmobiliaria, y es que, muchas veces la comunicación entre las personas es difícil, y más aún, cuando hay que decirle al inquilino que le corresponde pagar por los daños, o le toca cesar alguna actividad inadecuada que este haciendo.

Es aquí donde la experiencia y el conocimiento legal que tiene la inmobiliaria es decisivo en el tema de decidir a quién le corresponde pagar la reparación, y en cualquier otro problema intermediar para darle una pronta solución.

 

  1. PAGO PUNTAL DEL VALOR DEL ARRENDAMIENTO:

Siendo este el motivo por el cual el propietario decide arrendar su propiedad, y es que le paguen puntualmente el valor del arrendamiento dentro del periodo pactado

 

- Contrato directo: Esto es una lotería, pues sin importar que tan buena solvencia económica tenga el arrendatario, eso no garantiza que cancele puntualmente el valor del arrendamiento; aquí el propietario podrá encontrarse con inquilinos excelentes y cumplidos, o con inquilinos a los cuales constantemente tendrá que estar buscando para solicitar el pago.

 

- Por medio de una inmobiliaria:  Es la razón principal por la cual se busca la seguridad y confianza de una inmobiliaria, pues, sin importar si el inquilino paga o no, la inmobiliaria garantizará el pago puntual al propietario.

 

  1. PROCESO EJECUTIVO DE COBRO DE CANONES ADEUDADOS Y RESTITUCIÓN DE INMUEBLE ARRENDADO.

Ni siquiera las inmobiliarias después de realizar un estudio dedicado y profesional de la documentación presentada por el arrendatario, estamos exentas de que no pague el valor del arrendamiento e incluso que pese a los requerimientos rehusé desocupar el inmueble.

- Contrato directo: El propietario deberá contratar a un abogado para que le trámite ambas demandas.

- Por medio de una inmobiliaria:  La agencia seguirá respondiendo con el pago mensual del canon de arrendamiento y servicios públicos domiciliarios, además de adelantar sin ningún costo adicional los procesos jurídicos de: restitución de inmueble arrendado y cobro de cánones de arrendamiento.

 

  1. DAÑOS EN EL INMUEBLE Y SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS AL TERMINAR EL CONTRATO:

Es muy normal que, al finalizar el contrato de arrendamiento, el apartamento no se encuentre en el mismo estado que se le entregó al inquilino, ya sea por el desgaste normal o por mal uso del arrendatario. También, tenga en cuenta que la factura de servicios públicos llega mes vencido, por lo que siempre va a quedar pendiente un valor que le corresponde pagar al inquilino.

- Contrato directo: El propietario puede solicitar que el arrendatario realice todas las reparaciones que le correspondan, de igual forma, que se encuentre a paz y salvo los servicios públicos y realice un pequeño depósito para garantizar el pago de la cuenta de servicios; sin embargo, si el arrendatario rehúsa a hacerlo, tocaría acudir ante un juez para lograr el pago. 

- Por medio de una inmobiliaria:  La inmobiliaria responde frente al propietario por los daños causados imputables al arrendatario, así como de los servicios públicos domiciliarios hasta el día en que el inquilino haya ocupado el bien.

 

 

CONCLUSIÓN

 

Es claro que el propietario busca arrendar de forma directa para no tener que pagar el costo por administración que cobra una inmobiliaria, el cual normalmente es el 10 % del valor del arrendamiento + Iva; Con esta comparación esperamos haberle podido brindar toda la información necesaria de manera clara y objetiva, para que usted tenga las herramientas para analizar y tomar su decisión respecto de si debe arrendar su inmueble de forma directa o por el contrario vale la pena pagar a una inmobiliaria.

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